
¿Eres copropietario de un bien y deseas dividirlo o particionarlo?
Te orientamos en el proceso legal de División y Partición de Bienes para que puedas hacer valer tu derecho, terminar con la copropiedad y disponer de tu parte libremente.
¿Te encuentras en alguna de estas situaciones?
Heredé un bien inmueble junto a otros familiares y queremos separar nuestras partes.
Compré una propiedad con otra persona, pero ya no nos llevamos bien y quiero dividirla.
Nos separamos de hecho y tenemos bienes en común que necesitamos liquidar.
El bien es indivisible físicamente y uno de los copropietarios quiere quedarse con la parte de los demás.
Uno de los copropietarios se niega a firmar la división y necesito recurrir a la vía judicial.
¿Qué es la División y Partición de Bienes?
Es el proceso legal (judicial o extrajudicial) mediante el cual se pone fin a la copropiedad. Consiste en repartir los bienes comunes entre los copropietarios, asignando a cada uno una parte exclusiva o, en su defecto, vendiendo el bien para repartir el dinero.
Cuando los bienes provienen de una herencia, se le conoce como patición sucesoria. Si provienen de una sociedad de gananciales disuelta, se llama liquidación de sociedad de gananciales.
Cada caso debe ser evaluado individualmente. La viabilidad del proceso depende del título de propiedad y la voluntad de las partes involucradas.
Vías para realizar el proceso
Partición Amistosa
Cuando todos los copropietarios están de acuerdo. Se firma una minuta y escritura pública directamente ante notario, sin necesidad de ir a juicio.
División Judicial
Cuando no hay acuerdo o uno se opone. Se inicia un proceso civil ante un juez para que él disponga cómo dividir el bien o ordenar su remate (venta).
¿Qué se debe acreditar?
Copia simple del Documento Nacional de Identidad (DNI) del copropietario que solicita la división.
Copia certificada de la Partida Registral (SUNARP) del bien materia de división o partición.
Documento que acredite la copropiedad (testamento, sucesión intestada, escritura de compraventa conjunta, acta de matrimonio, etc.).
Planos, memorias descriptivas y avalúo comercial actualizado del bien (si es inmueble).
Documentación que sustente los pagos de impuestos, servicios o mejoras realizadas por los copropietarios.
Acta de conciliación (si hubo intento previo extrajudicial) o prueba de la negativa a dividir.
¿Cómo trabajamos?
Cuéntanos tu caso
Completa el formulario o escríbenos por WhatsApp para entender tu situación.
Evaluamos tu situación
Revisamos los documentos que acreditan tu copropiedad y la viabilidad de la división.
Definimos la estrategia
Te explicamos si corresponde una vía extrajudicial (amistosa) o una demanda judicial.
Acompañamiento jurídico
Te representamos y acompañamos durante todo el procedimiento legal hasta la entrega de tu parte.
Tus derechos merecen una orientación legal adecuada
Atención personalizada
Te escuchamos y analizamos tu situación patrimonial de forma individual.
Información clara
Te explicamos de manera comprensible las alternativas legales aplicables.
Análisis de documentación
Revisamos los títulos de propiedad para asegurar tu derecho sobre el bien.
Acompañamiento jurídico
Te orientamos y representamos ante los demás copropietarios o en juicio.
Preguntas frecuentes
La división se da cuando el bien se puede separar físicamente (ej. un terreno en lotes). La partición ocurre cuando el bien es indivisible (ej. una casa pequeña) y se debe vender para repartir el dinero, o uno se queda con el bien y paga a los demás.
Nadie está obligado a permanecer en la indivisión. Si un copropietario se niega, puedes iniciar un proceso de División y Partición Judicial para que un juez ordene la venta o división del bien, incluso en contra de su voluntad.
Sí, si todos los copropietarios están de acuerdo. Se realiza mediante una partición amistosa extrajudicial, firmando una minuta y elevándola a escritura pública ante notario público.
Las deudas y los impuestos (como el impuesto predial o alcabala) deben ser cancelados antes o durante el proceso de división. Los copropietarios deben asumir estas obligaciones en proporción a sus cuotas.
Sí, pero primero debe haberse determinado quiénes son los herederos legales mediante un proceso de sucesión (intestada o testamentaria). Una vez declarados herederos, recién pueden pedir la partición de los bienes.
Sí, es recomendable realizar una evaluación previa para determinar si se cumplen los requisitos legales y definir la estrategia más adecuada antes de iniciar cualquier procedimiento.
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